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Centro de Apoyo al Trabajador - Puebla, México

Boletín Informativo de la Coalición Organizativa de trabajadores de JOHNSON CONTROLS Bralemex (PUEBLA)

(COT-JC)
Mayo del 2008

Pliego petitorio para la revisión del contrato colectivo de trabajo
¡La revisión del contrato colectivo de trabajo es un derecho de los trabajadores¡

Compañeros de Johnson Controls, la Coalición se dio a la tarea de investigar el proceso de revisión del contrato colectivo y como resultado hemos encontrado las cláusulas que deben ser modificadas para nuestro beneficio, para esto hemos elaborando un pliego petitorio que es el siguiente:

1. Incremento directo al salario del 10%.
2. Que la empresa se comprometa a otorgar la planta de todo el personal que esta a su disposición después de treinta días como lo marca la ley. (Cláusula 2.2)
3. La empresa pagará por concepto de aguinaldo el importe de treinta días de salario tabulado. (Cláusula 6.11)
4. Dos días más de vacaciones. (Cláusula 5.5)
5. Que se otorgue como días de descanso el jueves, viernes y sábado santo, el 10 de mayo, el 15 de septiembre y el 31 de diciembre. (Cláusula 5.4)
6. Una prima vacacional del 40% sobre el salario tabulado. (Cláusula 5.5)
7. Modificación de la cláusula 11.1 a favor de la contratación de un seguro de vida en beneficio de cada trabajador por la cantidad de $100,000.
8. Que la empresa otorgue un incremento del 10% al fondo de ahorro. (Cláusula 11.2)
9. Que la empresa otorgue una despensa navideña equivalente a 15 salarios mínimos. (Cláusula 11.6)
10. En la cláusula 10.4 el incremento de $145 a $200, por concepto de puntualidad.
11. Por concepto de despensa un incremento equivalente al 10% del salario diario tabulado mensual. (Cláusula 10.4 inciso D)
12. El trabajador tendrá como ayuda económica para gastos de defunción la cantidad de $1,500. (Cláusula 10.1)
13. Al personal que contraiga primeras nupcias se le otorgará tres días con goce de salario. (Cláusula 10.2)
14. La empresa otorgará cuatro días de permiso con goce de salario por concepto de alumbramiento. (Cláusula 10.3)

Además consideramos que deben de incorporarse nuevas cláusulas para el beneficio de los trabajadores.

15. Un bono por producción del 5% directo al salario tabulado.
16. Servicio de comedor para el personal que labora en tiempo extraordinario.
17. La creación de una tabla de tiempo y movimientos para medir y regular la producción, con el objetivo que no sea rebasada en perjuicio de la salud de los trabajadores y que no se modifiquen las plantillas de producción. En caso de que la empresa requiera de hacer modificaciones será bajo negociación con una comisión de trabajadores, con la finalidad de obtener beneficios para el trabajador.
18. el equivalente a 30 días de salario tabulado por concepto de ayuda o compensación de utilidades.
19. cláusula de pago por vida cara ya que la canasta básica ha tenido un incremento del 35%.

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